Se deben realizar las siguientes revisiones:
A partir de la fecha de timbrado del extintor (y por tres veces) se retimbrará (prueba hidráulica) el extintor de acuerdo con la ITC-MIE-AP. 5 del Reglamento de aparatos a presión sobre extintores de incendios ("Boletín Oficial del Estado" número 149, de 23 de Junio de 1982).
Se considera recomendable, en la fecha de caducidad del timbrado, proceder a la descarga del extintor. Así, éste puede ser utilizado en la realización de prácticas de extinción por el personal de la empresa, comprobando la fiabilidad de los aparatos, al tiempo que aseguramos que, en el consiguiente retimbrado, se realiza la recarga del extintor.
Se recomienda numerar los extintores para conseguir un mayor control y ordenación de los mismos, lo que será de utilidad a la hora de realizar su revisión y mantenimiento.